Producto de asistencia sanitaria limitada, con acceso a todas las especialidades médicas, pruebas diagnósticas y métodos
terapéuticos simples.
En esta modalidad de seguro la cobertura se presta exclusivamente a través del cuadro médico de Sanitas. El cuadro médico
es la relación de profesionales y centros médicos a la que el Asegurado puede acceder. La edad máxima de contratación es
59 años.

¿Qué se asegura?

ok Asistencia primaria.


ok Urgencias.


ok Especialidades médicas.


ok Pruebas diagnósticas.


ok Métodos terapéuticos.


ok Cobertura dental Dental Básico.


ok Especialistas.


ok De Urgencias.

¿Qué no está Asegurado?

X La asistencia relacionada con:
· Accidentes de tráfico.
· Accidentes laborales.
· La práctica de deportes de riesgo.

X Asistencia prestada en centros de la Seguridad Social.

X Chequeos médicos preventivos.

X  Cualquier condición de salud del Asegurado conocida con
 anterioridad al alta en el contrato y valorada como nocubierta

 conforme a los criterios técnicos de la Compañía.

X La interrupción voluntaria del embarazo.

X  La asistencia sanitaria derivada de alcoholismo crónico,

 drogadicción, intoxicaciones debidas al abuso del alcohol,

 de psicofármacos, estupefacientes o alucinógenos,

 intentode suicidio y autolesiones, de enfermedades o

accidentessufridos por culpa grave o negligencia del Asegurado.

X Cualquier tratamiento o intervención estética o cosmética.

X Los medicamentos no comercializados en España.

X Cualquier tipo de asistencia sanitaria prestada en régimen

asistencial de hospitalización, así como intervención quirúrgica

que se realice en cualquier tipo de régimen asistencial.

Copagos Sanitas Accede

De 0 a 15 servicios5 €
Más de 15 servicios10€
Urgencias8€
Pruebas diagnósticas y métodos terapéuticos12€
Copago único en servicios de alta frecuentación*20€
Límite anual por asegurado290€**
**El cómputo de los servicios se realiza por asegurado y año. Si el asegurado alcanza la cifra anual de copago, Sanitas se hará cargo del resto. No aplicará copago independientemente del servicio requerido incluido en cobertura.
*Fisioterapia (10 sesiones), ventiloterapia (15 sesiones) y oxigenoterapia (30 días para bpap y cpap y 15 días para aerosol).
Carencias
Este producto no cuenta con periodos de carencia
 
Edad máxima de contratación
La edad máxima de contratación para este producto es de 59 años
 
Edad máxima de permanencia
No hay edad máxima de permanencia

¿Existen restricciones en lo que respecta a cobertura?

! Psicología: máx. 15 consultas/mes y límite de

15 sesiones/Asegurado/año.

! Podología: máx. 12 sesiones/Asegurado/año.

! Este producto no tiene plazos de carencia.

¿Dónde estoy cubierto?

Los servicios se prestan en todo el territorio español.

¿Cuáles son mis obligaciones?

– El Contratante del seguro tiene obligación de contestar al cuestionario de salud con veracidad que permitirá a SANITAS
hacer una correcta valoración del riesgo. En caso de falsedad u omisión en dicha declaración, SANITAS podrá rescindir
el contrato de seguro.


– El Contratante del seguro tiene la obligación de realizar el pago del precio en la forma y plazos acordados con
SANITAS.


– Los Asegurados deben presentar la tarjeta de SANITAS, así como el documento de identidad si este fuera requerido al
recibir los servicios.

¿Cuándo y cómo tengo que efectuar los pagos?

El precio del seguro es anual pudiendo fraccionarse del modo acordado.


Este producto tiene copagos, puede consultar los mismos en www.sanitas.es.


El pago se realizará a través de domiciliación bancaria titularidad del Contratante u otras formas de pago siempre que
estén expresamente acordadas en la solicitud de seguro.

¿Cuándo empieza y finaliza la cobertura?

El contrato de seguro es anual y entra en efecto a las 00:00 de la fecha de inicio contratada. Se renovará automáticamente anualmente, salvo que el Contratante del seguro o SANITAS indique lo contrario.

¿Cómo puedo rescindir el contrato?

A la fecha de finalización del contrato de seguro, se prorrogará tácitamente por periodos sucesivos de una anualidad
salvo que una de las partes (SANITAS o Contratante) se oponga a una de dichas prórrogas comunicándoselo a la otra
con dos meses de antelación si es SANITAS quien realiza la comunicación y un mes si es el Contratante.

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